Brasil consolida reglas para Permiso Internacional de Conducir (PID)

2022-09-02 18:31:11 By : Ms. He Diana

La Secretaría Nacional de Tránsito (Senatran) publicó este miércoles (17) una ordenanza que consolida las normas y procedimientos para la emisión del Permiso Internacional de Conducir (PID), también conocido como licencia internacional.La Ordenanza 1.043/2022 (Leer en su totalidad a continuación) entra en vigor el 1 de septiembre de 2022 y es de interés para quienes tengan la intención de viajar al extranjero.El Permiso Internacional de Conducir (IDP) es válido en todos los países signatarios de la Convención de Viena de 1968, que trata sobre la seguridad vial.El documento está en formato de cuadernillo A6 con portada gris y páginas blancas.Viene con información para el conductor en portugués, español, inglés, ruso, alemán, árabe, chino y japonés.La Senatran determina que el período de vigencia del PID será como máximo de 3 años, contados a partir de la fecha de emisión y limitado a la fecha de vencimiento de la vigencia de la CNH (Licencia Nacional de Conducir) o PPD (Permiso para Conducir).Es importante recordar que la FID solo es válida junto con la CNH en países extranjeros y no puede ser utilizada en Brasil para reemplazar la licencia.Lea también Fiat Pulse Drive MT: descubra la versión más económica del SUV BYD Tan EV: el chino de 517 hp es el primer SUV eléctrico de 7 plazas en Brasil Minas Gerais subasta vehículos incautados en operativos contra el narcotráficoAdemás, si la licencia de conducir es suspendida, revocada o condenada por un delito de tránsito, no tendrá derecho a Permiso Internacional de Conducir (PID).La regla también se aplica a la determinación judicial.El Permiso Internacional de Conducir (PID) es emitido por Senatran, por agencias ejecutivas de tránsito en los estados y el Distrito Federal y por otras agencias aprobadas.En el caso del Detran de Minas Gerais, por ejemplo, simplemente solicite el servicio a través del sitio web del departamento.Si el interesado es residente de Belo Horizonte, puede optar por recibir el PID por correo o recoger el documento en la Unidad de Atención Integrada (UAI) en Praça Sete.El plazo puede ser de 48 horas después del pago de la DAE.El precio es de R$ 233,74.Consulte la ordenanza con las reglas de la FID en su totalidad:Consolida las normas que tratan sobre el modelo de Permiso Internacional de Conducir (PID) y los procedimientos para la aprobación de entidades para efectos de la expedición del PID.EL SECRETARIO NACIONAL DE TRÁNSITO, en uso de las atribuciones que le confieren las fracciones VI, VIII y XX del art.19 de la Ley N° 9.503, de 23 de septiembre de 1997, que establece el Código de Tránsito Brasileño y, con base en lo que consta en los autos del proceso administrativo N° 80000.107770/2016-97, resuelve:Arte.1 Esta Ordenanza consolida las normas que tratan sobre el modelo de Permiso Internacional de Conducir (PID) y los procedimientos para la aprobación de entidades con el propósito de emitir el PID.Arte.2 El PID emitido en Brasil es válido en los territorios de las Partes Contratantes de la Convención de Viena sobre Circulación Vial, de 1968, siempre que se presente junto con la Licencia Nacional de Conducir (CNH) vigente.Párrafo unico.El PID no es válido para conducir un vehículo en el territorio nacional y no es equivalente a un documento de identidad.Arte.3 El PID se expedirá en formato de cuadernillo A-6 (148 x 105 mm), según el modelo definido en el Anexo 7 de la Convención de Viena sobre Circulación Vial, de 1968, y en las especificaciones contenidas en los Anexos I, II y III de esta Ordenanza, siendo el fondo de la portada gris y las páginas interiores blancas.§ 1º La primera portada traerá el nombre del documento, o sea, “PERMISO INTERNACIONAL PARA DIRIGIR”, en portugués, inglés y español.§ 2º El anverso de la primera página del PID contendrá palabras en portugués e inglés.§ 3º El anverso de la primera hoja del PID estará compuesto por una etiqueta adhesiva con requisitos de seguridad, conforme descrito en el Anexo II, conteniendo datos variables del PID, pegada en la primera hoja del cuadernillo que constituye el PID.§ 4 Al final de las páginas interiores habrá dos páginas yuxtapuestas, que se ajustarán al modelo del Anexo I, estando impresas en francés.§ 5º El anverso de la segunda página de la hoja yuxtapuesta consistirá en una etiqueta adhesiva con requisitos de seguridad, conforme descritos en el Anexo II, con datos variables del conductor, pegada en la hoja yuxtapuesta del cuadernillo que constituye el PID.§ 6º Las páginas interiores que preceden a las dos páginas a que se refiere el § 4º reproducirán en portugués, español, inglés, ruso, alemán, árabe, chino y japonés, en ese orden, la disposición y las informaciones contenidas en la primera página de la hoja yuxtapuesto al Anexo I.Arte.4 El PID tendrá 2 (dos) números de identificación nacional, que son:I - el primer número de identificación nacional será el Registro Nacional, generado por el sistema informático de la Base del Índice Nacional de Conductores (BINCO), compuesto por 09 (nueve) caracteres más 02 (dos) dígitos de verificación de seguridad, que serán la misma identificación número de inscripción en el sistema Registro Nacional de Licencias de Conducir (RENACH), que constan en la CNH, fijados en el campo denominado “NÚMERO CNH/NÚMERO DE PERMISO DE CONDUCCIÓN NACIONAL” y estarán impresos en la 1ª página interna del PID, en color rojo ;yII – el segundo número de identificación nacional será el Número PID, compuesto por 08 (ocho) caracteres más 01 (un) dígito de verificación de seguridad, autorizado y controlado por la Secretaría Nacional de Tránsito (SENATRAN), que identificará cada documento emitido por el PID , y se imprimirá electrónicamente en la primera página interna del documento en el campo “NUMBER/Nº” y tipográficamente en la tercera portada del documento.Arte.5.° Los datos necesarios para la emisión del PID serán puestos a disposición por el SENATRAN a través de transacciones específicas con el BINCO.Párrafo unico.La titularidad de los datos a que se refiere el caput corresponde al SENATRAN.Arte.6.º Para solicitar el PID, el conductor debe tener Licencia de Conducir o Permiso para Conducir (PPD) vigente.§1 El plazo de vigencia del PID será, como máximo, de 3 (tres) años, contados a partir de la fecha de su emisión, limitado a la fecha de vencimiento de la vigencia de la CNH o PPD.§ 2 No se emitirá PID para conductores con suspensión, revocación o condena por delito de tránsito o por orden judicial.§ 3º La Autorización para Conducir Ciclomotores (ACC) no será considerada para la expedición del PID.Arte.7 Los requisitos para la convalidación y suspensión del PID son los establecidos en los arts.41 y 42 de la Convención de Viena sobre Circulación Vial, 1968.Arte.8° SENATRAN es el encargado de emitir el PID.§ 1º Por delegación, el PID podrá ser emitido:I – por los órganos o entidades ejecutivas de tránsito de los Estados y del Distrito Federal;oII - por una entidad autorizada al efecto por el SENATRAN.§ 2º La expedición del PID por la entidad a que se refiere el inciso II del § 1 tendrá lugar mediante contratación por parte del órgano o entidad ejecutiva de tránsito del Estado o del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en esta Ordenanza.§ 3º Los criterios adoptados por el órgano o ente ejecutivo de tránsito del Estado o del Distrito Federal para la contratación de entidades con miras a la producción y despacho del PID deberán ser los mismos adoptados en relación a la producción y despacho de la CNH.Arte.9. La aprobación de una entidad ante el SENATRAN para los fines señalados en el art.7 será requerida por el interesado, previa presentación de los siguientes documentos:a) copia del acta constitutiva, estatuto o estatutos sociales vigentes, debidamente registrados ante el órgano competente, en el caso de sociedades mercantiles, y, en el caso de sociedades anónimas, acompañado de documentos para la elección de sus actuales administradores , acreditando el objeto social relacionado con la rama de actividad permanente;b) copia de la inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas (CNPJ/MF);c) certificados de liquidación de deudas con el Tesoro Municipal, Estatal y Federal;yd) Certificado de regularidad fiscal del FGTS;II - en cuanto a la capacidad técnica:a) indicación de los equipos y personal técnico idóneo para la personalización y despacho del PID, conteniendo la especificación técnica de las máquinas necesarias para la personalización, estrictamente de acuerdo con el modelo establecido por esta Ordenanza;b) descripción completa del flujo de personalización, sistema de seguridad de procesos y seguridad patrimonial de la empresa interesada, incluyendo Circuito Cerrado de TV (CCTV);c) descripción de las cajas de seguridad utilizadas para almacenar los suministros y PID personalizados;d) prueba de afiliación a la Federación Internacional de Automóviles (FIA);e) declaración suscrita por los representantes legales de la empresa interesada sobre su aptitud para ejecutar el objeto, compatible con las características y especificaciones técnicas contenidas en esta Ordenanza;yf) la empresa interesada en expedir el PID debe estar ubicada en territorio nacional.Párrafo unico.Las entidades autorizadas para la emisión de PID deberán adquirir los insumos necesarios para realizar esta actividad de empresas acreditadas por el SENATRAN para la elaboración de PID, de conformidad con la normativa específica en la materia.Arte.10. Una vez cumplido el trámite de presentación de la documentación previsto en el art.8, antes de la aprobación, las entidades interesadas serán inspeccionadas respecto de la información proporcionada sobre los procedimientos para la emisión del PID, por parte del SENATRAN.§ 1º Para realizar la inspección prevista en el caput, se formará un comité de aprobación integrado por al menos 2 (dos) empleados del SENATRAN.§ 2º Al final de la inspección, el comité de aprobación debe retirar por lo menos 2 (dos) muestras de espejos PID.§ 3 La imposibilidad, por cualquier causa, de retirar las muestras mencionadas en el § 2 genera la necesidad de efectuar una nueva inspección.§ 4º La comisión de aprobación producirá el informe de inspección, que deberá ser incluido en el proceso de aprobación.§ 5º Se renuncia a la inspección de las solicitudes de renovación de la aprobación.Arte.11. La aprobación tendrá una vigencia de 2 (dos) años, pudiendo ser revocada en cualquier momento, en caso de incumplimiento de los requisitos descritos en esta Ordenanza.§ 1º La aprobación podrá ser renovada por igual período, sin límite de renovaciones, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en esta Ordenanza.§ 2º La solicitud de renovación de la aprobación debe ser presentada por lo menos con 60 (sesenta) días de anticipación a la expiración de la aprobación vigente, y el SENATRAN no es responsable de garantizar soluciones de continuidad.Arte.12. La aprobación a que se refiere esta Ordenanza es equivalente al Plazo de Autorización de acceso al Sistema RENACH para las operaciones necesarias para la emisión del PID.§ 1º La entidad homologada deberá, en el plazo máximo de 1 (un) mes a partir de la fecha de publicación de la Ordenanza de homologación, suscribir contrato administrativo con el Servicio Federal de Procesamiento de Datos (SERPRO) para el acceso, disponibilidad de datos e informaciones y para el respectivo reintegro directo a SERPRO de los montos a cobrar por accesos, consultas, transacciones electrónicas, emisión de informe o certificado y generación de expedientes a partir de las bases de datos de los sistemas organizados y mantenidos por el SENATRAN, y subsistemas respectivos.§ 2º La entidad a que se refiere el caput deberá asumir, en el ámbito del contrato, la responsabilidad por la custodia y el secreto de los datos a los que tenga acceso, en los términos de la Ley N° Personal (LGPD).Arte.13. Las entidades aprobadas para la expedición del PID tendrán hasta el 1 de noviembre de 2022 para promover las adecuaciones necesarias en su proceso productivo, a fin de asegurar el cumplimiento de las especificaciones contenidas en esta Ordenanza, previéndose su anticipación.Arte.14. Quedan derogadas las Ordenanzas del DENATRAN:N° 176, de 9 de agosto de 2017;N° 219, de 9 de octubre de 2017;N° 248, de 16 de noviembre de 2017;yN° 66, de 3 de abril de 2018.Arte.15. Esta Ordenanza entra en vigor el 1 de septiembre de 2022.REPRESENTACIÓN TIPOGRÁFICA DEL PID Y SUS HOJAS INTERNAS2. 1ª hoja – Anverso – Etiqueta de seguridad:4. Anverso y reverso de las hojas internas del PID:5. 6ª hoja doble yuxtapuesta (última hoja) – Anverso – idioma francés y segunda etiqueta de seguridad:6. 6ª hoja doble yuxtapuesta (última hoja) – Reverso – ExclusionesESPECIFICACIÓN DEL PERMISO INTERNACIONAL PARA CONDUCIR (PID)1.1 Documento en forma de libro en formato A6 (148 x 105 mm)2.2 Páginas interiores: color blanco3.1 Cubierta: papel cartón de 250 grs/m2.3.2 Páginas internas: el papel utilizado para la elaboración de las páginas internas será el mismo que se utilice en la elaboración de la CNH.3.3 Etiqueta: etiqueta adhesiva papel blanco mate 50/30/85 grs/m² total papel 165 grs/m² adhesivo acrílico, más los requisitos de seguridad descritos en los puntos 4 y 5 de este anexo.4.1 EN BOTÓN DULCE (Calcografía Cilíndrica):4.1.1 Empleo de tinta azul pastosa especial, con una altura mínima del relieve en relación al nivel del papel de 25 micrómetros;4.1.2 Franja vertical, tipo columna, en el margen izquierdo del documento que contenga los siguientes elementos:4.1.2.1 Fondo geométrico positivo aplicado Texto “PID” en positivo;4.1.2.2 Microtextos positivos y negativos “SENATRAN PID”;4.1.2.3 Falla técnica con la abreviatura “BR” aplicada a la línea de microtexto;4.1.2.4 Filigrana en negativo con aplicación del texto filtrado “BRASIL”;4.1.2.5 Imagen “PID” positiva y negativa;4.1.3 Escudo de Armas de la República Federativa de Brasil.4.1.4.1 “República Federativa de Brasil”, “Misterio de Infraestructura”, “Secretaría Nacional de Tránsito”, “Permiso Internacional de Conducir” y “Permiso Internacional de Conducir”;4.1.4.2 “Tráfico Automotor Internacional” y “Tráfico Automotor Internacional”;4.1.4.3 “Permiso de conducir internacional” y “Permiso de conducir internacional”;4.1.4.4 Numeración electrónica compuesta por 8 (ocho) dígitos y 1 (un) check, que debe ser el mismo número impreso tipográficamente en el anverso de la primera hoja;4.1.4.5 “Convenio de Viena sobre Circulación por Carretera del 8 de noviembre de 1968” y “Convenio sobre Circulación por Carretera del 8 de noviembre de 1968”.4.2.1 Fondo de seguridad impreso a 2 colores, uno de los cuales debe contener el efecto iris, compuesto por los siguientes elementos:4.2.1.1 Antecedentes con microtextos positivos distorsionados compuestos con el texto “Senatran”;4.2.1.2 Fondo anti-escáner con logo Mapa de Brasil reforzado;4.2.1.3 Línea con microtextos negativos aplicados verticalmente compuestos con el texto “Permiso Internacional de Conducir”,4.2.1.5 Fondo medallón dúplex con aplicación del mapa de Brasil;4.2.1.6 Impresión offset con efecto iris;4.2.1.7 Rosácea geométrica positiva;4.2.1.8 Franja impresa verticalmente con tinta antiescáner fluorescente “Silver”;4.3.1 Fondo impreso con tinta fluorescente invisible reactiva a la luz ultravioleta compuesto por los siguientes elementos:Numeración secuencial tipográfica con nueve dígitos alineados, con el último dígito de control, módulo 11, impreso en la contraportada.Todos los datos variables, incluidas fotografías y firmas, se imprimirán electrónicamente con láser, con una resolución gráfica de al menos 300 puntos por pulgada lineal;El sistema electrónico de impresión láser debe ser controlado por computadora, crear una base de datos con acceso en línea para reemisiones y verificación de registros médicos, a disposición del RENACH;Textos y líneas impresos en negro;El corte de seguridad debe realizarse al pie de la etiqueta.Texto y trazos negros impresos en la etiqueta adhesiva.5.1 DATOS DE LAS VARIABLES DEL DOCUMENTO-Número electrónico en el anverso de la primera hoja del documento;-Número CNH/Número de permiso de conducir nacional;– Sello o estampilla del remitente;5.2 DATOS DE LAS VARIABLES DEL CONDUCTOR-Categoría(s) de calificación;- Condiciones de uso restrictivas;INSTRUCCIONES PARA LLENAR LOS DATOS VARIABLES DEL PERMISO INTERNACIONAL DE CONDUCIR.1. NÚMERO DE PERMISO INTERNACIONAL PARA CONDUCIR: Incluir el número de documento PID.2. VIGENCIA: incluir el día, mes y año que prescribirá la vigencia del PID, la cual deberá ser como máximo de 3 (tres) años contados a partir de la fecha de emisión o hasta la fecha de vencimiento de la vigencia de la CNH, lo que ocurra. primero, observado el límite máximo de 3 (tres) años.La impresión se realizará en color rojo;3. ENVIADO POR: el nombre de la agencia o entidad emisora ​​(en su totalidad).4. CIUDAD/UF: nombre completo de la ciudad y estado de emisión del PID;5. FECHA: incluir el día, mes y año de la fecha de emisión del PID;6. NÚMERO CNH: incluir el número de registro, el cual será el mismo número de registro de la licencia nacional de conducir.La impresión se realizará en color rojo;7. FIRMA DEL EMISOR: impresa en el documento en línea continua, por proceso electrónico, obtenida del original en papel, con tinta negra no porosa de punta gruesa, o por otro mecanismo electrónico de captura de imágenes;8. SELLO O TIMBRE: contener el sello o timbre de la dependencia o entidad emisora;9. APELLIDOS: se debe incluir el apellido del conductor;10. NOMBRE: incluir, siempre que sea posible, el nombre completo del conductor.Este campo se utilizará para completar el nombre social del portador;11. FECHA.LUGAR Y COMPLETO DE NACIMIENTO: incluir día, mes y año, lugar de nacimiento del conductor en forma completa y FU obtenida del documento de la CNH;12. DOMICILIO: incluir la dirección del domicilio del conductor;13. FOTOGRAFÍA: la misma utilizada para la expedición de la Licencia Nacional de Conducir.14. FIRMA DEL CONDUCTOR: impresa en el documento en línea continua, por proceso electrónico, obtenida del original adherido al formulario RENACH, con tinta negra gruesa no porosa, o mediante otro mecanismo electrónico de captura de imágenes, incluido en el banco de imágenes emitidas por la CNH;15. CATEGORÍA: indicar la(s) letra(s) correspondiente(s) a la(s) categoría(s) en la(s) cual(es) el(los) conductor(es) está(n) habilitado(s) y eclosionar en el caso de un ACC sin adición de categoría, siendo el “ACC” y la categoría excluyente “A”, no existiendo simultáneamente.La impresión se realizará en color rojo;16. OBSERVACIONES: este campo deberá contener las restricciones médicas y la información sobre el ejercicio de la actividad remunerada, todo ello en formatos normalizados y abreviados según la normativa específica de CONTRAN.Coche de club deportivo 2016-2021.Todos los derechos reservados.